Por un lenguaje administrativo más llano al servicio de la ciudadanía. Un bando muy mejorable

Todas las administraciones públicas tienen la obligación de dirigirse a la ciudadanía con un lenguaje claro. Y cuando se trata de un bando municipal, que se difunde sobre todo por medio de copias colocadas en lugares públicos como tablones de anuncios o puertas de los portales, la necesidad de claridad es aún más evidente.

Diré, de entrada, que el texto que comento, un bando del ayuntamiento de Burlada, no es disparatado y que cumple su objetivo de informar sobre las obligaciones de las personas dueñas de perros. Sin embargo, está redactado de tal forma que quienes lo leen se ven obligados a un esfuerzo que sería innecesario de haberse cuidado más la redacción.

 

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Vayamos por partes. El primer párrafo es el más criticable. Responde al esquema y al estilo habituales de muchos textos administrativos: es largo (una oración de 82 palabras) y difícil de leer porque aplaza la aparición de la información relevante, que se encuentra al final. No hay ningún error morfosintáctico ni ortográfico. Pero los lectores tienen que pasar por una farragosa enunciación de la fundamentación legal antes de llegar a lo que interesa.

La ley exige que en las comunicaciones de la Administración se incluya la fundamentación legal. Pero no dice el modo concreto de hacerlo. Y parece claro que la solución convencional no es la mejor. En este caso, por ejemplo, habría bastado con encabezar el párrafo con la información relevante. Algo así como: “Se recuerda que es obligatorio vacunar contra la rabia a todos los perros mayores de cuatro meses e identificarlos con un microchip”. Y vendría a continuación el resto: “Así lo recoge la Orden Foral del consejero de Salud…”.

También se podría mencionar la legislación por medio de una nota pie de página. En todo caso, tiene poco sentido distanciar tanto la fecha de la orden foral (19 de septiembre de 1994) de la de su publicación en el B.O.N. (5 de octubre de 1994). Y estoy convencido que con una mención más escueta de la referencia legal sería suficiente. De hecho, el encabezado real en el B.O.N. es este: «ORDEN FORAL DE 19 DE SEPTIEMBRE DE 1994, DEL CONSEJERO DE SALUD, POR LA QUE SE REGULA LA VACUNACIÓN ANTIRRÁBICA Y SE DESARROLLA EL DECRETO FORAL 370/1992, DE 9 DE NOVIEMBRE, POR EL QUE SE REGULA LA IDENTIFICACIÓN DE LOS PERROS EN LA COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA».

Hay en el texto un acierto evidente, que facilita la lectura. Me refiero a la estructura y al formato: la división en apartados, la disposición de parte de la información en listas, el uso de los espacios y las negritas ayudan en la lectura. Hay buena voluntad pero algún desacierto. Por ejemplo, es confuso el título del apartado “Destinatarios”: cualquiera que lo lea creerá, de entrada, que se refiere a las personas a las que el bando se dirige. Al leer vemos que no es así, sino que enumera los aspectos a los que el bando se refiere.

También mejoraría el texto si hubiera coherencia en el uso de los títulos: Empieza con “Destinatarios”, sigue con “Tarifas” y debería seguir con “Documentación” y “Lugar y fecha” pero no es así.

Para terminar, sugiero eliminar expresiones como “a tal efecto” y frases como “Lo que se hace público para general conocimiento”. Son innecesarias y miran más al pasado que al futuro.

Frases más cortas: textos más claros (3)

La tendencia a la redacción de frases muy largas no solo se observa en el lenguaje administrativo (véase entrada anterior). Es muy habitual en los textos periodísticos y se da por la misma razón: el empeño en decirlo todo en una frase. Como si la colocación de uno o varios puntos y seguido fuera a poner en peligro la unidad de sentido.

El texto siguiente es el primer párrafo de una noticia aparecida hace unos días en el Diario de Noticias, de Navarra:

PAMPLONA – El atestado elaborado por la Policía Municipal de Pamplona relativo al atropello mortal en el barrio de San Juan de Pamplona, hace casi un mes, del joven de 22 años Emilio Rekalde Proaño, estudiante de Publicidad en la Universidad de Navarra, concluye que después de la inspección ocular del lugar de los hechos, de las manifestaciones verbales de los testigos, las lesiones que apreciaba la víctima y los restos de daños apreciados en el vehículo del conductor imputado se deduce que el atropello pudo producirse cuando la víctima se encontraba en la calzada junto a una chica y que el conductor del vehículo no se percató de la presencia de los dos jóvenes en su camino.

Además de la extensión exagerada (117 palabras), hay varios factores en este texto que dificultan la lectura. Me refiero, en primer lugar, a la distancia anómala entre palabras estrechamente relacionadas: atropello mortal / del joven de 22 años Emilio Rekalde Proaño. Lo esperable es que del joven de 22 años E.R.P. vaya justo a continuación de la expresión atropello mortal, a la que complementa. Una redacción mucho más lógica y clara es esta: …relativo al atropello mortal del joven de 22 años Emilio Rekalde Proaño, ocurrido en el barrio de San Juan de Pamplona, hace casi un mes. También es exagerada la distancia entre las dos palabras que funcionan como núcleos del sujeto y del predicado: atestado y concluye. Cuando leemos el verbo concluye tenemos que volver atrás para identificar el sujeto al que se refiere.

En segundo lugar, la redacción del resto del párrafo resulta confusa. No tiene sentido emplear la expresión después de para encabezar esa serie extraña de cuatro elementos: inspección ocular, manifestaciones verbales, las lesiones y restos de daños. Suponemos que quiere decir algo así como que si se tienen en cuenta estos elementos... Llama la atención por incorrecta la expresión las lesiones que apreciaba la víctima.

Propongo una redacción más clara y legible:

La Policía Municipal de Pamplona ha dado a conocer el atestado relativo al atropello mortal ocurrido hace casi un mes en el barrio de San Juan, de Pamplona. La víctima fue el joven de 22 años Emilio Rekalde Proaño, estudiante de Publicidad en la Universidad de Navarra. En el atestado se tienen en cuenta la inspección ocular del lugar de los hechos, las declaraciones de los testigos, las lesiones que sufrió la víctima y los daños del vehículo del conductor. De todo ello se concluye que la víctima se encontraba en la calzada junto a una chica y que el conductor no se percató de la presencia de los dos jóvenes.

Lo que era una sola frase ahora son cuatro. Teníamos un párrafo largo, confuso, con errores y poco legible. Ahora es un texto formado por cuatro frases, correcto y mucho más legible.

Frases más cortas: textos más claros (2)

La redacción de frases muy largas, frases que con frecuencia son también párrafos, es lo habitual en el lenguaje administrativo. Podemos comprobarlo accediendo a cualquier boletín oficial.

Hay quienes creen que es algo inevitable, que no hay otro modo de redactar. “Siempre se ha hecho así”, dicen algunos funcionarios, que no se atreven a tomar la iniciativa para simplificar la lengua que utilizan. Saben que hacerlo ayudaría a la ciudadanía, al convertir los textos administrativos en algo mucho más legible. Pero temen romper con la tradición o, simplemente, que sus superiores les obliguen a rehacer el escrito.

Veamos un ejemplo tomado Diario Oficial de Extremadura ( DOE 103, 1 de junio de 2015.- DECRETO 125/2015, de 26 de mayo):

La Junta de Extremadura, consciente de su responsabilidad en la búsqueda de instrumentos que permitan el mantenimiento del empleo y la empresa en Extremadura que contribuyen al desarrollo económico y social de la Comunidad, ha decidido en el ámbito de sus competencias, favorecer, a través de la puesta en marcha de unas ayudas para financiar los gastos de consultoría y asesoría técnica especializada en procesos de relevo generacional, la superación de las dificultades que tienen un número creciente de pequeñas y medianas empresas en nuestra región, debido a la falta de relevo generacional dentro de sus empresas. (97 palabras)
El procedimiento de concesión de estas ayudas, en virtud de lo dispuesto en el artículo 22.2 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, se efectuará en régimen de concesión directa mediante convocatoria abierta, al tratarse de ayudas destinadas a fomentar la consolidación y expansión de empresas que estaban en riesgo de desaparecer, con la repercusión que estas actuaciones pueden ocasionar en la revitalización de la economía regional y en el mantenimiento de empleo, objetivos prioritarios dada la actual coyuntura económica nacional y regional, lo cual fundamenta y motiva la aplicación de este régimen a estas subvenciones. (105 palabras)
Asimismo, mediante este decreto se pretende la modificación de la disposición transitoria única del Decreto 224/2014, de 6 de octubre, por el que se establece un régimen de incentivos autonómicos a la inversión empresarial en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la convocatoria de estas ayudas, para dar solución a los problemas que vienen surgiendo en aquellos expedientes cuyas subvenciones fueron concedidas en virtud de decretos que ya no se encuentran en vigor, y que aún tienen obligaciones de mantenimiento impuestas con ocasión de la concesión, concretamente, en los supuestos en los que los beneficiarios comunican un cambio de titularidad a favor de otras personas físicas o jurídicas, con el fin de que les sea de aplicación el régimen jurídico previsto para idénticos supuestos en la normativa de estas subvenciones que se viene aplicando desde el año 2012, y que es el mismo régimen jurídico que se aplica en el actualidad a través del decreto que es objeto de modificación, al resultar dicho régimen más favorable. (171 palabras)

Son tres párrafos-oración, cuya extensión excede con mucho las recomendaciones de todos los especialistas en estilo llano, que sugieren no superar las veinticinco palabras.

Este modo de escribir es resultado de la tradición y, además, del miedo a emplear puntos. Se cree erróneamente que usar el punto y seguido rompe la unidad de sentido. Así, se añaden incisos y subordinadas, de tal modo que los lectores acaban perdiéndose en un laberinto y se ven en la obligación de releer y releer.

Sin embargo, podemos colocar un punto y seguido casi donde queramos, siempre que vaya acompañado de las modificaciones pertinentes. A modo ejemplo, propongo una nueva redacción para el primer párrafo: lo he aligerado, he modificado el orden para evitar incisos y he añadido dos puntos y seguido. Así, lo que era una oración de 97 palabas pasa a ser tres de 35, 30 y 28. Creo que el resultado es mucho más legible. Destaco los cambios más llamativos:

La Junta de Extremadura es consciente de su responsabilidad en la búsqueda de instrumentos que permitan el mantenimiento del empleo y la empresa en Extremadura, que contribuyen al desarrollo económico y social de la Comunidad. Por ello, ha decidido favorecer la superación de las dificultades que tienen un número creciente de pequeñas y medianas empresas en nuestra región debido a la falta de relevo generacional. Y lo hace a través de la puesta en marcha de unas ayudas para financiar los gastos de consultoría y asesoría técnica especializada en procesos de relevo generacional.